Misión
La Inspección de Tránsito y Transporte de Puerto Boyacá es una entidad centralizada del orden municipal, encaminada a la organización, registro y dirección del tránsito terrestre automotor garantizando una movilidad ágil y segura, la promoción de una cultura ciudadana y la preservación del medio ambiente fomentando valores de pertenencia, responsabilidad y calidad.
Objetivos
Plantear y gerenciar la gestión de la Inspección con bases políticas formuladas para el cumplimiento de la misión de la Administración Municipal, la finalidad de las respectivas, unidades administrativas y la adopción de planes, programas y proyectos de desarrollo social e institucional.
Funciones
1. Representar al Municipio, por delegación del Alcalde, en reuniones y asistir a las demás actividades de competencia de la Inspección y presentar los respectivos informes.
2. Otorgar, negar modificar, revocar y cancelar autorizaciones para la asignación de rutas, horarios y frecuencias para la prestación del servicio de transporte público, de pasajeros y mixto en la jurisdicción municipal, de acuerdo a las disposiciones legales de la Alcaldía Municipal.
3. Controlar y autorizar lo relacionado con la habilitación a empresas que prestan el servicio de transporte.
4. Racionalizar el uso de vías municipales, señalando el sentido de la circulación y las restricciones de tránsito.
5. Expedir tarjetas de operación para los vehículos de transporte de servicio público.
6. Vigilar el manejo de los recursos financieros en materia de impuestos y derechos para que estos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos.
7. Efectuar reuniones periódicas con el personal a su cargo a fin de evaluar y programar el desarrollo de los diferentes programas que se llevan a cabo en la dependencia.
8. Asistir a las sesiones del Concejo Municipal, cuando esta corporación lo requiera y reunir los informes solicitados.
9. Elaborar y ejecutar el Plan de Gestión de la Dependencia, de acuerdo con el Plan de Desarrollo del Municipio.
10. Realizar la calificación de servicios de los empleados de la dependencia, en los términos señalados por la Ley.
11. Remitir al Ministerio de Tránsito la información ordenada en la Resolución 1888 de 1994 y los demás informes necesarios ante los organismos de control.
12. Investigar y sancionar a las empresas de transporte público, de pasajeros y mixto por fallas al estatuto de Tránsito y Transporte.
13. Desempeñar las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, naturaleza y el área de desempeño del titular del cargo.
Metas
Ser el organismo de tránsito líder a nivel nacional a través de una administración eficaz y eficiente, en la prestación de servicios de calidad certificada, de acuerdo con los lineamientos establecidos en la ley.
Información de Contacto
Dirección: Carrera 2 Calle 10 Esquina - Primer Piso
Correo Electrónico: transito@puertoboyaca-boyaca.gov.co
tcontravenciones@puertoboyaca-boyaca.gov.co
Teléfono; (+57) 8 7384818 Nota Aclaratoria: en caso de accidente de tránsito comunicarse a los siguientes números: 3185940641
Horario de Atención al Público: De lunes a jueves de 7:00 a.m. a 11:30 a.m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m.
Viernes de 7:00 a.m. a 11:00 m. y de 2:00 a 4:30 p.m.